Proyecto de ley aprobando el Convenio con Australia sobre la instalación de un reactor nuclear

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7 de noviembre de 2001
69ª Reunión – 21ª Sesión ordinaria
Diario de Sesiones – Páginas: 5513 a 5515

Sr. Menem. — Señor presidente: este es un tema que merece una especial consideración y, por ende, ameritaría una exposición muy extensa. Se trata nada más y nada menos que de una verdadera política de Estado que sigue nuestro país en materia del uso pacífico de la energía nuclear.
Lamentablemente, este apuro con el que estamos sesionando –no me explico por qué se dejó para lo último un asunto de tanta importancia-, va a impedir que desarrolle la temática de este convenio tal como se lo merece. Se trata nada más y nada menos que de una política que viene siguiendo nuestro país en materia de no proliferación nuclear y que le da autoridad y legitimidad para poder hacer transferencia de tecnología nuclear a otros países también suscriptores de tratados de no proliferación nuclear.
En ese sentido, tanto Australia como la Argentina han firmado el tratado de no proliferación nuclear. Además, la Argentina suscribió el Tratado de Tlatelolco, mientras que Australia hizo lo mismo con el Tratado de la Zona Libre de Armas Nucleares del Pacífico Sur.
Esta iniciativa consiste en darle marco a un convenio que hizo el INVAP de la Argentina con su similar de Australia para la instalación de un reactor nuclear para usos pacíficos en dicho país. En este sentido, la Argentina ha venido dando pasos importantes en esta materia con la instalación de otros reactores en Argelia y en Egipto.
Tuve la oportunidad…
—Murmullos en el recinto.
Sr. Presidente (Losada). — Solicito a los señores senadores que presten atención a quien está haciendo uso de la palabra. Es una mala práctica no respetar al orador.
Continúa en uso de la palabra el señor senador Menem.
Sr. Menem. — Me sentí muy orgulloso de ver en un país lejano como Egipto que se inauguraba un reactor nuclear con tecnología argentina. Su instalación en aquel país se debió a que la Argentina ganó una licitación, de la que también participaron las naciones más poderosas de la tierra. Ahí estaba el INVAP, con sede en la provincia de Río Negro, poniendo a la altura de las naciones más avanzadas de la tierra los conocimientos y la tecnología de nuestro país. Hoy, ese reactor está funcionando con gran éxito en Egipto.
Por eso, cuando se presentó nuevamente en Australia para la licitación, apostamos a ganar. Y se ganó nuevamente. Así que ya se está trabajando en la instalación de ese reactor nuclear.
Ahora bien, necesitamos el marco adecuado para la suscripción de dicho contrato, es decir, el Convenio de Cooperación Nuclear entre la Argentina y Australia. A dicha necesidad responde este mensaje del Poder Ejecutivo que, como he dicho, sigue una verdadera política de Estado, puesto que a pesar de pertenecer a un signo político distinto del anterior gobierno, ha seguido insistiendo en la misma temática.
En ese sentido, esta iniciativa aporta ingresos para nuestro país, marca el alto nivel en el que se encuentra la tecnología argentina e implica un aporte en cuanto a la utilización de la tecnología nuclear para la paz y no para la guerra. Por eso, este convenio reviste una extraordinaria importancia; significa que la Argentina y Australia establecen un marco con respecto a una relación muy importante. Además, este último país es un gran inversor en la Argentina en materia minera y portuaria.
Es decir que nuestra Nación está transfiriendo hoy a Australia su tecnología nuclear, en el marco de uno de los contratos más importantes que ha celebrado dicho país en esta materia.
Señalo que en este convenio se marcan perfectamente cuáles son los aspectos sobre los que recae esta tecnología nuclear en materia de investigación básica y aplicada, con relación a la investigación, construcción y diseño de reactores nucleares de investigación, en cuanto a la tecnología del ciclo del combustible nuclear, producción industrial de componentes, equipos y materiales para reactores, medicina nuclear, protección radiológica y seguridad nuclear y tecnología sobre salvaguardias nucleares.
Sin embargo, este convenio tiene un tema que merece una especial consideración, porque es el único que quizá puede motivar algún tipo de reclamo u observación. Me refiero al ingreso en la Argentina del combustible nuclear gastado con motivo del uso del reactor nuclear. Sobre este tema, con muy buen criterio el INVAP ha pedido el dictamen de especialistas en derecho constitucional para que se expidan sobre el ingreso del combustible gastado para su acondicionamiento y posterior reenvío a Australia.
El dictamen ha sido solicitado en virtud de que existe un artículo de nuestra Carta Magna que prohíbe en forma expresa el ingreso en nuestro país de material radioactivo. Concretamente, el artículo 41 in fine de la Constitución Nacional señala que se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
En primer término, esa disposición constitucional trata de impedir que la Argentina se constituya en un basurero o reservorio nuclear de los países centrales.
En segundo lugar, cabe aclarar que las palabras “residuos radiactivos” no se refieren a la situación de la que estamos hablando. Acá estamos refiriéndonos al combustible gastado en el reactor nuclear, que puede ingresar a los fines de su acondicionamiento y, luego, volver a salir del país, razón por la cual técnicamente no es un material radioactivo. Los materiales de este tipo son aquellos para los que, en forma gaseosa, líquida o sólida, no se prevé ningún uso ulterior. Aquí se trata de un combustible que se trae, se recicla y se vuelve a exportar hacia el lugar donde está el reactor —Australia—, junto con los desechos radioactivos que puedan surgir en ese proceso. O sea que se responde en forma clara a la Convención conjunta sobre seguridad en la gestión de combustibles gastados y sobre seguridad en la gestión de desechos radioactivos, ratificada por la ley 25.279.
Además, hay que interpretar correctamente la palabra “ingreso”. Cuando habla de ingreso, la Constitución se refiere a aquel material que viene para quedarse en el país. Por eso yo decía que era para impedir que se conformara un basurero nuclear en la Argentina.
Pero este material ingresa para ser luego reexportado, una vez que haya sido debidamente acondicionado, razón por la cual tampoco le cabe la prohibición de la Constitución Nacional. Además, cuando se trata de prohibiciones estas interpretaciones deben hacerse en forma restrictiva, Por ello, con relación a todo este razonamiento que hacemos y que expongo en forma extensa en el documento cuya inserción voy a solicitar para abreviar mi exposición, queda bastante claro que no le cabe la prohibición que figura en la Constitución Nacional.
Además, al respecto se han expedido dictámenes jurídicos de los doctores Mariano Cavagna Martínez, Félix Loñ, Jorge Vanossi y del procurador del Tesoro de la Nación, Ernesto Marcer; es decir que el artículo 12 del convenio no constituye el ingreso al país de material radioactivo o de desechos radioactivos.
Seguramente algunas entidades defensoras del ecosistema o las entidades defensoras de la ecología harán objeciones en este sentido. Pero nos anticipamos, diciendo que de ningún modo se viola la Constitución por cuanto no se trata del caso específico que menciona el artículo 41 de nuestra Carta Magna.
Por tales motivos, señor presidente, creo que hoy podemos aprobar este convenio con la total seguridad de que estamos realizando un aporte considerable al desarrollo de la tecnología nuclear con fines pacíficos, de que lo estamos haciendo como cuando se instaló el reactor nuclear en Egipto, que nos ha dado un gran prestigio internacional y que nos permitió ganar esta licitación en Australia. Ahora estamos efectuando un convenio con un país que va a usar de esta tecnología —y además, se toman todas las salvaguardas del caso—– para fines exclusivamente pacíficos, sobre todo medicinales.
Creemos que de esta forma estaremos prestigiando la tecnología nuclear argentina, que tiene un gran desarrollo. Y repito, porque es un tema que no quiero pasar por alto, que tenemos autoridad, legitimidad para trabajar con toda tranquilidad en este terreno, ya que la Argentina ha sido un país pionero en materia de suscripción de tratados de no proliferación nuclear, como el Tratado general sobre este tema, el de Tlatelolco y todos los que hacen al objetivo de que la energía nuclear sea empleada exclusivamente con fines pacíficos.
Aprovecho la oportunidad para reiterar mi felicitación a la gente del INVAP por el empeño puesto, por todo cuanto han dedicado a este tema. Y deseo que en este nuevo emprendimiento en Australia les vaya muy bien para que podamos seguir exportando tecnología nuclear con fines pacíficos.

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