La Constitución del ’94, un hito histórico

Domingo, 17 noviembre, 2019 11:27PM

Clarín.com – 01/09/2019 –

Fue un acto en el que a través del consenso y el pleno funcionamiento de las reglas de la democracia, se pudo concretar la reforma más importante y legítima de nuestra Carta Magna.

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El 24 de agosto se cumplieron 25 años desde que los convencionales que integraron la Convención Nacional Constituyente de 1994 juraron cumplir con la Constitución Nacional reformada ese año.

Ese juramento de todos los convencionales constituyó un verdadero hito histórico, por cuanto nuestros azarosos antecedentes constitucionales, estuvieron a veces precedidos por sangrientas batallas, desencuentros y proscripciones políticas, no faltando las reformas promovidas por gobiernos militares y sin olvidar que en las Convenciones de 1949 y 1957 hubo retiros masivos de convencionales, protagonizando los vulgarmente conocidos como “portazos”.

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La Convención de 1994 se desarrolló en un marco de plena democracia y fue integrada por 305 convencionales, elegidos en comicios transparentes e irreprochables que conformaron 19 bloques políticos, en representación de otros tantos partidos o alianzas políticas, algunos de los cuales fueron con la determinación de oponerse parcial o totalmente a las reformas programadas por la ley 24.309 que había declarado la necesidad de las mismas. Cabe recordar que dicha ley fue sancionada por los dos tercios de la totalidad de los miembros de ambas Cámaras del Congreso de la Nación, superando la antigua disputa acerca de si ese porcentaje debía calcularse de esa forma o sobre los miembros presentes en las respectivas sesiones.

Durante las 36 sesiones plenarias realizadas se debatieron únicamente los temas autorizados por la citada ley 24.309 y dentro del plazo de 90 días por ella establecidos. Todas las normas constitucionales fueron sancionadas por amplias mayorías, comprendiendo 24 artículos nuevos, 20 reformados y 17 disposiciones transitorias. Tres normas fueron sancionadas por unanimidad: la de la defensa de la democracia (artículo 36); el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos aborígenes (artículo 75 inciso 17) y la ratificación de nuestros derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas (cláusula transitoria primera) que fue aprobada por aclamación de los convencionales puestos de pie. Esta norma estableció una verdadera política de Estado para la recuperación de los territorios y espacios marítimos usurpados.

Además del pluralismo político, como nota esencial de los rasgos de la legitimación y democracia con los que funcionó la Convención de 1994, corresponde destacar la participación de 80 convencionales mujeres que tuvieron un protagonismo activo, tanto por los proyectos presentados como por su valiosa intervención en las comisiones de trabajo y en las deliberaciones plenarias. En las Convenciones anteriores a la de 1994, solo hubo 4 mujeres convencionales en la de 1957 y ninguna en las que le precedieron.

Excede las posibilidades de este espacio la mención de todas las modificaciones introducidas, pero a título de ejemplo podemos citar: la mayor participación de los ciudadanos al elegir en forma directa al Presidente y Vicepresidente de la Nación y los Senadores Naciones, reduciendo a 4 años el mandato de los dos primeros con una sola reelección y de 9 a 6 años el de los Senadores (artículos 94 y 94); la ampliación de 5 a 9 meses el periodo de sesiones ordinarias de las Cámaras y la simplificación del trámite para sancionar las leyes (artículos 79 a 83); el fortalecimiento de la autonomía provincial y municipal, siendo la manifestación más clara la elección del Jefe de Gobierno de la Ciudad en forma directa por el pueblo y no por el Presidente (artículos 123 y 129); la jerarquización constitucional de los organismos de control como el Defensor del Pueblo (artículo 86) y la Auditoría General de la Nación, disponiendo que su Presidente sea designado a propuesta del partido opositor con mayor cantidad de legisladores (artículo 85); la incorporación del Ministerio Público con la misión de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad (artículo 120), etc.

Por otra parte se ampliaron los derechos de los ciudadanos, entre ellos los derechos políticos, incluyendo la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a los cargos electivos y partidarios (art. 37); los derechos de iniciativa para presentar proyectos de ley y para participar en la consulta popular (arts. 39 y 40); el derecho a un ambiente sano (artículo 41); el derecho de los consumidores y usuarios, en protección de su salud, información adecuada y veraz y a condiciones de trato equitativo y digno (artículo 42). Asimismo la jerarquización constitucional de los derechos contenidos en los principales tratados de derechos humanos (artículo 75 inc. 22) colocó a nuestra Constitución a la vanguardia de sus similares en todo el mundo.

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Pero no habría sido suficiente la proclamación de los derechos si no se hubieran establecido las garantías para asegurar su cumplimiento. Por eso se incorporaron la acción de amparo, el habeas corpus y el habeas data (artículo 43), incluyendo además en esa norma el secreto de las fuentes de información periodística para asegurar la libertad de prensa consagrada por los artículos 14 y 32.

Por todo eso al cumplirse un cuarto de siglo del juramento de todos los convencionales y de los titulares de los tres Poderes del Estado, en la histórica jornada del 24 de agosto celebrada en el Palacio San José en Concepción del Uruguay (Entre Ríos), debemos recordarlo como un acto en el que a través del consenso y el pleno funcionamiento de las reglas de la democracia, se pudo concretar la reforma más importante y legítima de nuestra Constitución Nacional.

Eduardo Menem, ex senador nacional y convencional constituyente

https://www.clarin.com/opinion/constitucion-94-hito-historico_0_a9-rQT4RO.html