Proyecto de ley sobre modificación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

RETORNAR

28 y 29 de septiembre de 1989 – 22ª Reunión
Diario de Sesiones – Páginas 2663 a 2670

Sr. Menem. — Señor presidente, señores senadores: parcialmente comparto lo que acaba de manifestar el señor senador por La Pampa en cuanto a que el debate está prácticamente agotado. Digo parcialmente porque quizás objetivamente se haya dicho todo lo que se tenga que decir desde un punto de vista técnico y jurídico, sobre el proyecto de ley en cuestión. Pero éste no es sólo un conjunto de normas que se deben analizar desde un punto de vista técnico y jurídico, sino también tiene un trasfondo político como bien se ha señalado aquí.
Los que estamos interviniendo en este debate hemos sido protagonistas de estos hechos, de esta historia contemporánea del país.
Y creo que tenemos la obligación moral de dar testimonio de ello en todos aquellos casos y puntos en que sea necesario aportar una palabra de esclarecimiento a la verdad que, en definitiva, es lo que todos buscamos.
Y digo esto porque el señor senador por La Pampa acaba de hablar de ese compromiso que hicieron las dos fuerzas mayoritarias del país con respecto a la transición del gobierno. Una transición que no buscó el peronismo, una transición que impuso en su tiempo el gobierno de la Unión Cívica Radical que creyó necesario abandonar el gobierno seis meses antes de que se cumpliera el plazo.
Nosotros asumimos la obligación de aceptarlo seis meses antes.
Y lo aceptábamos en condiciones muy desfavorables, no sólo por la situación límite que en lo económico y financiero vivía el país, sino porque teníamos que asumir el gobierno con un mapa político legislativo en las Cámaras que no condecía con el resultado de las elecciones del 14 de mayo. De ahí que esto aparece o lo quieren hacer aparecer como un acto de generosidad del radicalismo cuando en realidad no es eso, sino la condición necesaria para que nosotros pudiéramos acceder al gobierno, puesto que asumimos en condiciones desfavorables en cuanto a la composición de las Cámaras.
Por supuesto, otra hubiera sido la situación si hubiésemos asumido el gobierno en diciembre. A la luz de esos conceptos fijamos ese compromiso, que es el que leyera el señor senador por La Pampa. Quien habla fue protagonista de las discusiones y estuvo presente cuando se analizó qué era lo que figuraba o no en el compromiso, y les puedo asegurar que entre las cuestiones que se habían pactado estaba la aprobación del proyecto de ley por el que se elevaba el número de miembros de la Corte. Y voy a dar la explicación de por qué no se incluyó en el acta: fue para evitar suspicacias. En ese momento se estaba hablando de que el justicialismo quería que se incluyera la institución del per saltum, que iba a permitir la liberación de algunos detenidos por violación de los derechos humanos. Y por pedido de un dirigente radical que pertenece a la otra Cámara, que es el presidente de la bancada de diputados radicales, don César Jaroslavsky, no se incluyó; él prometió expresamente que después del 8 de julio se votaría la iniciativa como pretendía el justicialismo, pero no antes de esa fecha. Por ese motivo no se incluyó en el acta, aunque existía el compromiso de honor de apoyar la iniciativa después del 8 de julio. No era este proyecto, señor presidente; era el proyecto de ley presentado por el propio gobierno radical y que estaba en la Cámara de Diputados, el cual incluía no sólo el aumento del número de miembros de la Corte sino también el certiorari, que sí está en este proyecto, y el per saltum, que es la institución que propuso el gobierno radical, junto con la facultad del presidente de la Nación de designar al presidente de la Corte Suprema, cosa que tampoco se incluye en éste.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite…?
Sr. Menem. — Desde luego, señor presidente, no voy a poder aportar el acta, pero sí el testimonio de la ratificación que hace dos días me hiciera el señor César Jaroslavsky, al decir que recordaba perfectamente que existía ese compromiso.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite…?
Sr. Menem. — De todos modos, esto queda librado a la conciencia de cada uno.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite una interrupción?
Sr. Menem. — Sí.
Sr. Berhongaray. — En la reunión de bloque que tuvimos ayer se trató este tema, y el presidente de nuestro partido dijo que se había conversado del asunto pero no estaba acordado. Estas fueron las palabras que expresó delante de la bancada de la Unión Cívica Radical. A ese testimonio me remito.
Sr. Menem. — Sigo mi exposición, señor presidente; repitiendo que esto queda librado a la conciencia de cada uno.
Recién hablaba el señor senador por La Pampa de la falta de memoria. Quiero pensar que en este caso también hay falta de memoria y no falta de respeto a los compromisos contraídos.
Decía, señor presidente, al comenzar mi exposición, que posiblemente el debate este agotado desde un punto de vista técnico-jurídico, pero no puedo resistir a la tentación de rebatir o al menos referirme a algunos de los conceptos que se han expresado esta noche. No sólo han sido agraviantes para el gobierno nacional sino que rozan la provocación, como cuando se ha sostenido que este proyecto de ley tiene la finalidad de constituir una Corte adicta al gobierno. Y digo que es una provocación, porque si de un gobierno puede decirse que no ha hecho sectarismo ni partidismo es precisamente del que asumió el 8 de julio pasado, porque ni siquiera el propio gabinete se integra exclusivamente por miembros del partido que ganó las elecciones el 14 de mayo. Mucho menos nos interesa entonces hacer semejante cosa con la Corte de Justicia, por la cual siempre hemos tenido el máximo respeto.
Voy a hacer una referencia que es perfectamente aplicable al caso. Debe recordar muy bien el señor senador por la Capital, que ahora está presidiendo la sesión, unas jornadas que se hicieron con motivo del proyecto de ley presentado por el gobierno radical en octubre de 1987. En esas jornadas llevadas a cabo en marzo de 1988 fue invitado a exponer el señor senador de la Rúa, quien en esa oportunidad y refiriéndose al proyecto aludido, que tenía una similitud muy grande con el presente, textualmente decía: “Es necesario reconocer que las reformas proyectadas se inspiran en el más alto propósito de mejorar la administración de justicia y el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia. Por eso descarto cualquier interpretación que asigne un propósito secundario o una intención puramente de especulación política a las propuestas de reforma”.
Me pregunto por qué el señor senador por la Capital en aquella oportunidad no le asignaba al proyecto un significado político y ahora sí. Está bien; sé lo que va a decir; que hay un contexto distinto y que ahora hay declaraciones en los diarios. Pero yo digo: ¿desde cuándo los proyectos se analizan sobre la base de recortes periodísticos y no en función de lo que ellos dicen? ¿Por qué atribuir buena intención al propósito del doctor Alfonsín y mala intención al proyecto de ley del actual presidente de los argentinos? ¿Por qué este cambio de situación? ¿O los proyectos los tenemos que analizar por lo que otros dicen y no en función de lo que sostienen los funcionarios respecto de las iniciativas?
Entonces señor presidente, creo que este es un tratamiento injusto. Considero que este gobierno, a tres meses de sus asunción, no merece que le imputen la intención de querer constituir una Corte adicta cuando ha hecho un llamamiento a la unidad del pueblo argentino, al pluralismo político, a la integración.
Aquí se quiso menoscabar el hecho de que el señor Pacho O’Donnell fuera designado agregado cultural en la embajada de España. No se trata de un cargo político sino de una actitud política, señor presidente.
Y ya en un tema más sensible a las relaciones exteriores de la Argentina, aspecto que este gobierno ha encarado con firmeza y me refiero al tema de las Malvinas, pregunto lo siguiente: ¿No está al frente de las negociaciones un embajador ligado a la Unión Cívica Radical? ¿Nosotros hemos hecho partidismo al designar a Lucio García del Solar como representante de nuestro país en estas negociaciones tan importantes? ¿Hemos especulado políticamente diciendo que si la negociación es exitosa él va a llevarse los laureles? No, señor presidente. Entonces, ¿cómo podemos admitir calladamente que se diga que queremos una Corte adicta al gobierno? ¿Para qué? ¿Qué es lo que necesitamos de la Corte en este momento? ¿Que no nos vayan a declarar inconstitucional una ley? ¡Pero si esto hace a la esencia del mantenimiento de la estabilidad económica y social del pueblo argentino! ¡Son leyes que ha votado todo el Parlamento y estoy seguro de que no hay una Corte que pueda declarar la inconstitucionalidad de esta ley!
¿Avasallar al Poder Judicial? ¡Pero avasallarlo para qué! ¿Para darnos el gusto de decir que tenemos una Corte justicialista? ¡No señor presidente!
Estos son cargos totalmente injustos. Y si el papel de la Corte en este momento está en tela de juicio, no es precisamente como consecuencia de una actitud del actual gobierno. ¿O se nos va a decir que nosotros tenemos la culpa de que uno de sus integrantes esté involucrado en un hecho policial cuyas consecuencias nosotros no tenemos por qué asumir? ¿O tenemos la culpa de que a otro miembro de la Corte se le adjudique haberse autorregulado honorarios en un juicio o que otro se haya cambiado el apellido?
Estas son circunstancias en las cuales no tenemos absolutamente nada que ver. ¿O tenemos la culpa de que la Corte, violando lo que es una regla de oro, haya emitido una acordada criticando no ya una ley sino un proyecto de ley que está a consideración de este Parlamento en una injerencia inaudita en uno de los Poderes del Estado? ¿O no consideran los señores senadores que en vez de venir a analizar como si fuera el súmmum a una acordada ilegítima, la deberíamos repudiar totalmente ya que llega a acordar la inconstitucionalidad de una ley en un acto que nadie le ha pedido? Es cierto que en otra oportunidad la Corte expidió una acordada sobre el número de miembros, pero lo hizo a pedido del Poder Ejecutivo de entonces, no en una declaración en abstracto como la actual, en la que se está defendiendo una posición sectorial.
Entonces, cuando se habla de ese contexto dentro del cual se ubica este proyecto político, admitamos que no es un contexto creado por nosotros.
También se mencionó aquí el caso del Procurador General de la Corte en el sentido de que había sido objeto de manoseos. Quien hizo esa grave imputación reconoció que no tenía pruebas de que dicho Procurador hubiera sido forzado a renunciar.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite una interrupción, señor senador?
Sr. Menem. — Creo que en ese nivel no puede decir que fue obligado a renunciar un hombre que fue camarista y que estuvo en la Procuración Fiscal. A ese nivel, las renuncias son voluntarias; si no, no son renuncias.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite una interrupción, señor senador?
Sr. Menem. — Sí, señor senador.
Sr. Berhongaray. — Con relación a este tema, quiero decir que tengo la suerte o la desgracia, según como quiera considerarse, de ver poca televisión. Pero recuerdo que en un programa de ATC, conducido por Mariano Grondona y Llamas de Madariaga, el propio procurador D’Alessio dijo que se lo había forzado a renunciar.
Sra. Saadi de Dentone. — Disculpe la interrupción, pero nadie lo puede amenazar con una pistola obligándolo a renunciar. Si no quería presentar su renuncia, no lo hacía. De manera que el señor senador está equivocado.
Sr. Presidente (de la Rúa). — Continúa en el uso de la palabra el señor senador por La Rioja.
Sr. Menem. — Profunda tristeza me causa que un jurista que llega a la Procuración y que mientras fue camarista tuvo tantas responsabilidades pueda ser obligado a renunciar. Realmente, me da pena escuchar que alguien pueda reconocer públicamente, como se le atribuye, que fue obligado a renunciar.
De todos modos, es larga la discusión acerca de si el Procurador General forma parte del Poder Judicial o no. Esto se ha debatido muchas veces. El actual gobierno quiere terminar con esta discusión.
El Procurador General es designado por el Poder Ejecutivo y no hay ninguna ley que diga que debe ser con el acuerdo del Senado. Si alguien entiende lo contrario, que haga la impugnación por la vía judicial pertinente.
Nosotros sostenemos que hemos terminado con la discusión: el Procurador General no integra la Corte Suprema de Justicia de la Nación: es un representante del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial. De una vez por todas terminamos con esta discusión bizantina.
Entonces, ante la renuncia del doctor D’Alessio el Poder Ejecutivo procedió, como corresponde, a designar a su sustituto. Para ello no incurrió, desde luego, en ningún tipo de acto ilegítimo.
Sr. Gass. — ¿Me permite una interrupción señor senador?
Sr. Menem. — Sí, señor senador.
Sr. Gass. — Deseo formular una pregunta. ¿No había una ley anterior que establecía que el Procurador General debía ser nombrado con el acuerdo del Senado? Si esa ley no existió, ¿por qué aceptamos nosotros, los miembros de la Comisión de Acuerdos, brindar acuerdo a un funcionario que no lo necesitaba?
Sr. Menem. — Señor presidente: le respondo al señor senador diciendo que no existe ninguna ley que señale que el Procurador General debe contar con acuerdo del Senado. Sí, en su momento, la Comisión de Acuerdos aceptó el pliego y aconsejó prestar el acuerdo, no puedo avalar esa posición por cuanto yo no era integrante de ella. De todos modos, si se actuó así por un exceso de celo y se quiso prestar el acuerdo, creo que eso no invalida la actuación del Procurador. Pero también es cierto que el acuerdo no era necesario.
Además, es sabido que hay una tendencia a incluir a un mayor número de funcionarios dentro de los cargos que requieren acuerdo del Senado; inclusive hay una propuesta de que los presidentes de bancos oficiales sean designados con acuerdo de esta Cámara.
Concretamente, en el caso del Procurador General de la Nación, no hay ninguna disposición legal que obligue a prestarle acuerdo del Senado. Si la hubiera, el actual gobierno habría solicitado el acuerdo correspondiente de este cuerpo.
Respecto del tema principal sobre el que ha dado vuelta el debate, el número de integrantes de la Corte, ya se ha dicho mucho y no voy a volver a citar los antecedentes referidos a la existencia de Cortes con siete miembros ni a las propuestas de elevar su número a nueve o a diez. Entiendo que este punto está totalmente agotado.
Considero que puedo hacer una reflexión distinta sobre este asunto. A mi modo de ver, el número, en un análisis abstracto, no es la cuestión a dilucidar porque desde un punto de vista ideal cualquiera podría sostener que nueve es mejor; otro podría insistir en siete y otros defender la idea de los cinco integrantes.
Tampoco quiero referirme a todos los antecedentes relacionados con el derecho comparado en torno de este punto, que tengo sobre mi banca. Sólo diré que hay Cortes de once miembros, otras de veinte, algunas de treinta y seis, la de España creo que con sesenta y dos y alguna otra de Europa que llega a tener cerca de cien integrantes. Pero no es el caso de continuar con esta enumeración.
Debemos analizar el tema a la luz de las necesidades reales de nuestro país y preguntarnos concretamente cuál es el número de miembros que necesita la Corte Suprema de Justicia de la Argentina. Desde luego, esta cuestión está vinculada con el trabajo que el alto tribunal debe realizar.
No es lo mismo una Corte integrada por cinco miembros hace veinte años que un cuerpo con ese mismo número en la actualidad. A lo largo del debate se mencionaron estadísticas sobre la cantidad de expedientes en los que debe entender la Corte.
Recuerdo que visité la Corte en compañía del entonces candidato presidencial de nuestro partido y nos dijeron los jueces integrantes del tribunal la cantidad de expedientes que debían resolver, quejándose por ello, nos mencionaron que eran alrededor de seis mil las causas que tenían pendientes y que se sentían preocupados, con justa razón, por esa difícil circunstancia.
Realmente, el hecho de que una Corte Suprema de Justicia tenga seis mil expedientes por resolver es algo que nos debe llamar la atención a todos. Creo que no podemos decir: “Bueno, ¡qué barbaridad!” y quedarnos cruzados de brazos esperando que el problema se resuelva por arte de magia, cuando somos nosotros los que tenemos el poder para solucionarlo.
Creo que vale la pena mencionar algunos datos estadísticos que nos van a sorprender. El 1° de enero de 1988, por favor, escúchenme bien, la Corte Suprema de Justicia amaneció con un arrastre de 5.192 causas; a lo largo de ese año ingresaron para su consideración otras 5.530 causas. ¿Cuántas sentencias dictó la Corte durante todo el año 1988? Seis mil doscientos diecinueve fallos; repito: 6.219 sentencias, quedándole un saldo de 4.503 causas que pasaron como arrastre a 1989.
¿Qué significa que la Corte haya fallado en 6.219 causas? La acordada de la Corte se refiere a esto en cierto modo como una hazaña: dice que aumentó el número de causas, pero también aumento el número de resoluciones, y da a conocer el número de ellas que ha dictado. Yo me pregunto: ¿tenemos que alegrarnos de que la Corte haya dictado tantas sentencias en el año? ¿O tenemos que preocuparnos, porque, si ha dictado 6.219 sentencias en 1988 y tomando once meses del año, es decir, excluyendo solamente la feria de enero, pero no la feria chica de invierno, resulta que ha dictado 565 fallos por mes?
Cabe aquí una acotación. Los grandes jueces que dieron lugar a la jurisprudencia de la Suprema Corte de los Estados Unidos, que es muy similar a la argentina por haber sido nuestro modelo, dijeron en un principio que para que un tribunal de este tipo pudiera estudiar las causas con responsabilidad y con seriedad debía fallar no más de cien causas por año; luego extendieron este límite hasta doscientas sentencias por año. Pues bien, la Corte Suprema de Justicia de la Argentina, con sus cinco miembros —no con nueve, como la de Estados Unidos— dictó 565 sentencias por mes.
¿Qué quiere decir esto? Que nuestra Corte ha dictado en promedio veinticinco fallos por día. Esto a su vez quiere decir que ha dictado sentencias a un promedio de una cada dieciocho minutos. Les pido que reflexionemos. Quien tiene algún contacto con la abogacía o con los jueces sabe que hay expedientes grandes y expedientes chicos. La Corte, señor presidente, llega a tener causas de dieciocho o veinte cuerpos. Yo presumo que antes de dictar una sentencia por lo menos hay que leer el expediente. Cuando yo ejercía la profesión pretendía que el juez leyera mi expediente para estar seguro de que no se le escapara nada. Sé por experiencia que para leer un expediente mediano, de cien o doscientas fojas, se necesita por lo menos un día.
Sr. Berhongaray. — ¿Me permite una pregunta muy corta?
¿Habría que suponer que, estadísticamente, de prosperar la propuesta de ustedes tendríamos, en vez de una sentencia cada dieciocho minutos, una cada treinta y seis minutos?
Sr. Menem. — Después le vamos a hacer el cálculo matemático, pero no es como usted dice. Cuando termine mi exposición se va a dar cuenta.
Decía que en la Corte hay causas de dieciocho o veinte cuerpos. Entonces, ¿qué pasa? Presumo, y como yo lo hacen todos quienes tienen algún contacto con la actividad judicial, que los jueces no han tenido tiempo de preparar muchas de estas sentencias; tienen que haber contado con la colaboración de auxiliares. Por esto algunos se han enojado, y preguntan: ¿cómo puede ser que las sentencias sean hechas por los secretarios? ¡Sí, señor! Esta es la realidad. Sería una hipocresía negar que las sentencias las hacen los relatores y que los jueces las firman.
Tenemos que hacer un sinceramiento. Precisamente, este Congreso ha sincerado muchas cosas. Hemos sincerado hasta las relaciones familiares al sancionar las leyes de la patria potestad compartida y de filiación extramatrimonial. Entonces, ¿por qué no vamos a sincerar lo que pasa en la Justicia?
Es cierto que las sentencias las hacen los relatores y que los jueces las firman. Por eso ha aumentado el número de auxiliares judiciales al lado de los jueces. Pero lo más grave es que, a este ritmo de una sentencia cada dieciocho minutos, los jueces no sólo no las pueden elaborar sino que podemos presumir —como dice Sagúes— que ni siquiera han tenido tiempo de leer muchas de las sentencias que firman. Tenemos que darnos cuenta de la gravedad de esto.
No es un problema matemático —y le contesto al señor senador por La Pampa— porque nosotros, con esta modificación, estamos abriendo la posibilidad de que la Corte haga uso de su facultad de dividirse en salas. […] Por ahí se dice que es inconstitucional la división en salas porque la Corte es una sola. Yo creo que es un juego de palabras, porque la Cámara Civil también es una sola y, sin embargo, nadie discute que ella se divide en varias salas y que cuando tienen que unificar pronunciamientos se reúnen en plenario y unifican jurisprudencia.
Entonces, que sea una porque lo dice la Constitución creo que no es argumento válido para impedir que la Corte se divida en salas. No obstante, es una cuestión discutible, opinable; pero entiendo que frente a la gravedad de la situación que se ha planteado es muy necesario acudir a este tipo de procedimiento, porque de otra forma la situación de la Justicia se va a tornar cada vez más insostenible.
Esto atañe también, señor presidente, a otra consideración, que no recuerdo que se haya hecho aquí, acerca de la necesidad de robustecer la autoridad académica de los fallos para darles mayor seguridad y garantía en cuanto intervenga un mayor número de jueces en el dictado de la sentencia. Ya sé que se me va a decir que no importa tanto la cantidad de los jueces, sino la calidad de ellos. Es cierto, pero frente a lo que vimos en los últimos tiempos, si me tuvieran que condenar estaría más confiado si la sentencia la tuvieran que dictar cinco jueces en lugar de tres. Creo que diez ojos ven más que seis y que en cinco personas hay más responsabilidad que en tres.
Creo que hay más seguridad para el ciudadano, más seguridad para las instituciones, si esta Corte, que es la última ratio, que es la última alternativa que tiene un ciudadano en la defensa de sus derechos, está integrada por nueve miembros en lugar de cinco, porque de la otra forma, solamente tres jueces pueden hacer caer una ley como inconstitucional, solamente tres jueces pueden disponer del honor, del patrimonio y, eventualmente, de la vida de las personas.
Entonces la circunstancia de que tres personas lo decidan no me deja del todo satisfecho, me hace dudar.
¿Y por qué me hace dudar? Hace pocos días he leído un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Es un fallo en una causa patrimonial. La causa está caratulada “Compañía Azucarera Tucumán Sociedad Anónima contra el Estado nacional sobre expropiación indirecta”. Esta causa, señor presidente, fue fallada a favor del Estado nacional en primera y en segunda instancia. Fue un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aquí está el fallo, señor presidente. Son setenta y tres fojas. Esta es una de las sentencias que, de acuerdo con lo expresado, estaría dentro del promedio de un fallo cada dieciocho minutos.
En esta sentencia han votado tres jueces contra el Estado nacional y dos jueces a favor. Le cuesta al país, al Estado, a cada uno de los ciudadanos argentinos, una suma aproximada a los 100 millones de dólares.
No digo que esta sentencia esté bien o esté mal; puede tratarse de una sentencia ejemplar. Pero, con honestidad, expreso que tengo miedo de que sólo tres votos contra dos, votos muy categóricos, se haya emitido un fallo así. Para que no se diga que puedo estar hablando en contra de alguien, voy a aclarar que los dos votos categóricos en contra de la indemnización son de los doctores Belluscio y Caballero.
Señor presidente: tengo temor que de pronto, por un voto de diferencia, tres ciudadanos investidos de la condición de juez impongan al Estado argentino el pago de 100 millones de dólares, cuando aquí hemos estado discutiendo días con motivo de la creación de un bono de solidaridad para ayudar a los carenciados, poniendo en juego todo un aparato impositivo, para encontrar la manera de ser más justos con unos y con otros, buscando una forma adecuada de distribución y sacrificando contribuyentes. Y estábamos debatiendo acerca de una cifra que era solamente un poco mayor a los 100 millones de dólares.
Entonces, señor presidente, cuando nos encontramos con hechos como éste, digo que me hubiera sentido mucho más tranquilo si la sentencia hubiese estado firmada favorablemente por cinco jueces en lugar de tres.
Es un problema de confianza, de robustecimiento de la verdad, de mayor seguridad.
Sr. Gass. — ¿Me permite una interrupción?
Sr. Menem. — Sí, señor senador.
Sr. Gass. — Señor presidente: durante toda la noche ha escuchado que miembros de la bancada justicialista hicieron referencia al proyecto que envió al Poder Ejecutivo en el año 1987, durante la gestión del presidente Alfonsín. En ese proyecto se hablaba de siete miembros, no de nueve. Teniendo en cuenta que le pareció bien esa iniciativa que comprendía a siete miembros, ¿por qué ahora desean llevarlos a nueve?
Sr. Menem. — Señor presidente: en respuesta a la siempre muy atinada pregunta del señor senador por Buenos Aires, le digo que el número es una decisión de carácter político, no de política partidaria sino de política judicial.
¿Por qué se propone que sean nueve los miembros? Se lo hace para facilitar que la Corte pueda hacer uso de la facultad de dividirse en salas. Se podría dividir en tres salas de acuerdo con la ley 15.271.
Por eso hemos considerado más apropiado el número de nueve que el de siete. Por cierto que siete es mejor que cinco, pero consideramos que nueve es mejor que siete y mucho mejor que cinco.
Sr. Gass. — Si no recuerdo mal, según lo que han expresado los señores senadores durante la sesión, la propuesta del Poder Ejecutivo de 1987 también contemplaba la división en salas.
Sr. Menem. — Sí, pero en ese caso hubieran existido dos salas. En este otro, se propicia la existencia de tres.
Es un problema de política judicial. No digo que un proyecto sea mejor que otro. A nosotros nos parece más conveniente que haya tres salas debido a la tremenda cantidad de trabajo que tiene la Corte, de acuerdo con lo que vimos hace un momento.
Sr. Gass. — Le agradezco la explicación, señor senador.
Sr. Menem. — Uno de los principales argumentos que se dio y que da la Corte es que cuantos más miembros haya, más se retrasa el trabajo.
Esto no es cierto. Tengo el testimonio del doctor Julio Oyhanarte, que tuvo el privilegio de integrar una Corte de cinco miembros y otra de siete.
Recordemos aquellas jornadas en que se trató el proyecto de ley al que hice referencia hace un momento y que enviara el gobierno anterior en 1987; de ellas participó el señor senador por la Capital.
El doctor Oyhanarte que, como mencioné, integró una Corte de cinco y otra de siete miembros, presentó estadísticas, según las cuales la de mayor número de miembros fue más expeditiva que la otra… Al respecto, él decía que en 1958, cuando la Corte era de cinco miembros, se dictaron 1.478 sentencias; en 1959 con igual número de miembros, se dictaron 1.672; en 1960, ya con siete miembros, se dictaron 2.300 sentencias, es decir, setecientas más que cuando la Corte era de cinco miembros. Y en 1961, se dictaron 2.500 sentencias, o sea, novecientas más que cuando la Corte era de cinco. Entonces, indudablemente, ese argumento de que con mayor número de miembros se produce un mayor retraso en el trabajo, no se compadece con la realidad según nos la cuenta quien integró una Corte de cinco miembros y otra de siete.
Señor presidente, para terminar, pasando por alto muchas otras cosas que podría decir, pero que obviaré porque entiendo que ya es hora de que terminemos con este debate, debo mencionar que estas imputaciones, estas acusaciones de que el gobierno quiere formar una Corte adicta, una Corte que le responda políticamente, me trae tristes reminiscencias. Me trae tristes reminiscencias de una campaña electoral, la campaña electoral que vivimos últimamente, en la que se utilizaron argumentos o imputaciones también burdas y falaces, con la pretensión de desacreditar a nuestro candidato. Recuerdo que uno de los eslóganes hacía alusión a la alternativa entre el candidato que representaba al gobierno de ese momento o el caos. Y no sé por qué hoy, cuando se decían esas cosas respecto de que queremos formar una Corte adicta, cuando se hacía alusión a la expresión de autoritarismo, hablándose de la intención de concentrar el poder, me acordaba de esa propaganda: nosotros o el caos.
A tres meses de gobierno, creo que ha quedado demostrado que no somos el caos. Y cuando, como espero, este Senado y la Cámara de Diputados aprueben el proyecto de ley que consideramos, e ingresen a esta Cámara —ya que serán remitidos a este Senado— los pliegos de los jueces que propondrá el Poder Ejecutivo, se van a dar cuenta del error en que cayeron al prejuzgar acerca de que queremos formar una Corte adicta. No llegará la propuesta para juez alguno que haga partidismo.
Este gobierno ha llamado a la unidad nacional, a la reconstrucción del país, al encuentro definitivo de todos los argentinos, y no habrá reconciliación nacional, no habrá unidad nacional, si no obramos bajo el imperio de la justicia. En este país ni en ningún otro del mundo imperará la justicia mientras no haya un Poder Judicial fuerte e independiente, al que debemos fortalecer aún más, ya que ésa es nuestra obligación.
Ese es el motivo del envío de este proyecto, que no tiene fines subalternos, sino que a través de él se pretende, como lo decía el señor senador por la Capital respecto del proyecto de su gobierno de 1987, mejorar la administración de justicia y lograr una mayor eficiencia. No sé si estaremos en el buen camino; no somos los dueños de la verdad; quizá estemos equivocados. Pero de lo que no se puede dudar, señor presidente, es de nuestra intención de fortalecer la justicia que, en definitiva, hace a la esencia y a la dignidad del hombre, porque tiende al cumplimiento de aquel precepto del derecho romano de que hay que dar a cada uno lo suyo. (Aplausos.)

RETORNAR