Proyecto de ley sobre jubilaciones de privilegio (9 de octubre de 2002)

RETORNAR

9 y 10 de octubre de 2002
27ª Reunión – Sesión especial
Diario de Sesiones – Páginas 6651 a 6658

Sr. Menem. — Señor presidente, distinguidos colegas: abordamos hoy el tratamiento de un proyecto de ley sancionado por la Cámara de Diputados, que ha tenido una extraordinaria repercusión pública, con artículos publicados en la primera página de los diarios, y respecto del cual se han vertido comentarios televisivos y radiales.
Es una de esas leyes respecto de las cuales se ha tejido toda una serie de elucubraciones que han generado cierto clima de prejuicios sobre la materia que tratará el Senado en el día de la fecha, por la cual se pretenden derogar las denominadas jubilaciones de privilegio.
El clima en que se considera el proyecto en cuestión es muy particular. Hay una fuerte presión mediática y de ciertos sectores sociales que han hecho campaña a favor de la derogación de las denominadas jubilaciones de privilegio.
En estos momentos, el Congreso se encuentra sitiado por diversos manifestantes —piqueteros, ahorristas, deudores, bomberos, que reclaman por distintas cuestiones sociales.
La Cámara vecina, en un hecho que no se registraba desde hace no sé cuántos años, comenzará a tratar el juicio a los nueve integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Una cuestión que también ha generado ríos de tinta y horas de televisión y radio, en la que se avanzó rápidamente para, de pronto, frenarse por cuestiones vinculadas con el quórum. Lo cierto es que pensaba que íbamos a actuar como jueces desde hace tiempo. Sin embargo, parece que ese impulso inicial se frenó porque no daban los números, cuestión que hoy se modificaría, porque aparentemente sí alcanzan. Este es otro componente del clima social e institucional en que delibera el Senado de la Nación.
Como todos sabemos, hay un escándalo mediático por las supuestas coimas, con gran bombo publicitario y páginas y páginas en los diarios, investigaciones, juicios y allanamientos dentro y fuera del Senado de la Nación.
Caminamos por las calles entre ahorristas estafados, deudores angustiados por la probable aplicación del CER, con una desocupación récord en la historia del país y con cartoneros diseminados por toda la ciudad. Hay una pobreza récord superior al 50 por ciento en todo el país. Estamos en default, y ello significa que en la actualidad estamos marginados por los organismos financieros internacionales. Como dijo alguien: «todos los días estamos cerca del arreglo y todos los días nos corren el arco más allá» o «cuando estamos por patear el penal nos corren el arco más atrás». Todo esto trae una incredulidad generalizada y las instituciones de la República se encuentran devaluadas y deterioradas.
Fíjense a qué extremo hemos llegado que hoy, que tenemos un cronograma electoral con elecciones internas abiertas previstas para el 15 de diciembre, elecciones generales programadas para el 30 de marzo y entrega del poder prevista para el 25 de mayo, no sabemos si se va a cumplir. Según los rumores, hoy se está declarando inconstitucional la ley sancionada por este Congreso por la cual se establecen las internas abiertas, simultáneas y obligatorias. Es decir que no sabemos hasta cuándo va a estar este presidente y cuándo va a asumir el que lo sucederá, más allá de que no sabemos quién será.
En este clima y en este escenario, vamos a tratar hoy este tema tan manipulado de las jubilaciones de privilegio. Claro, en este momento, con esta pobreza, incredulidad y desazón, el hecho de hablar de privilegios es mala palabra, es una agresión hacia quienes en la actualidad se encuentran atravesando momentos tan malos.
Por eso, para un legislador de esta Cámara revisora, quizá, lo más fácil sería decir «yo voto como viene y que se las arreglen después; que lo arregle el Poder Ejecutivo con el veto». Porque este es otro condimento que no mencionamos: parece que el Poder Ejecutivo no está de acuerdo con la sanción de esta ley y habría posibilidad de que la vete. O también podríamos decir «que se las arregle la Justicia», que seguramente está por allí haciendo lo que hacen los gatos cuando están por atacar: afilando las uñas para saltar con la inconstitucionalidad de alguna de las normas de esta ley.
Entonces, para nosotros, la actitud más sencilla sería votar el proyecto tal como viene de la Cámara de Diputados. Digo más, algunos amigos bien intencionados nos han dicho: «No se metan los senadores en líos. Sancionen el proyecto como viene de Diputados. ¿Para qué se van a meter en líos en este momento, cuando son el blanco de la crítica generalizada?”. En este momento venimos a ser ese muñeco negro de los parques de diversiones al cual todos le tiran la pelota o el «puching ball» Nos dijeron: «¿Para qué se van a exponer a tocar una ley que deroga privilegios? Mejor, sancionen el proyecto tal como viene de Diputados».
Me he puesto a pensar cuál debe ser la actitud que debemos asumir. Por supuesto que respeto a todos aquellos que se han manifestado apoyando la sanción de la Cámara de Diputados y, seguramente, escucharemos muchas otras magnificas exposiciones en ese sentido; pero ¿qué pasa con quienes no estamos de acuerdo con todas las disposiciones o con algunas de las normas? ¿Vamos a someternos al miedo de legislar porque podemos quedar mal con esa prensa que nos viene atacando y que seguramente nos va a criticar por modificar la ley, o legislamos con responsabilidad, de acuerdo con nuestras convicciones y con lo que creemos que es lo mejor para el país? No tengo dudas de lo que voy a hacer, señor presidente.
Por ello, he tomado la decisión de apoyar el proyecto en general con disidencias parciales, las que voy a explicar muy sucintamente durante el tiempo del que dispongo para exponer en mi carácter de presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto. Precisamente, esta Comisión entiende en un tema fundamental que aborda esta iniciativa, razón por la cual yo me asombraba cuando se cuestionaba el pase de este proyecto a la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto. Uno de los capítulos de esta iniciativa se refiere directamente al cuerpo diplomático, que es el servicio exterior de la Nación. Entonces, ¿cómo no va a decir algo la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto sobre las jubilaciones de los diplomáticos? A continuación, me voy a referir a este tema, pero también voy a abordar rápidamente las otras cuestiones que figuran en este proyecto de ley.
Tal como lo dijo el señor senador por Santa Cruz, estamos cumpliendo con lo prometido: habíamos dicho que el 9 de octubre íbamos a dar tratamiento a este tema. Hubo algunos que se encargaron de desparramar por ahí que el pase a varias comisiones era una maniobra dilatoria, que queríamos entorpecer el procedimiento o que había propósitos ocultos. Creo que el plenario de las comisiones ha demostrado que se puede trabajar bien cuando hay voluntad para ello. Hemos recibido y escuchado a todos los sectores interesados: a la gente del gobierno, a distintos especialistas, etcétera, y todos los que intervinimos en el análisis efectuado tuvimos oportunidad de formarnos una opinión.
Además, cabe señalar que estamos dando tratamiento a este proyecto de ley en mucho menos tiempo del que le demandó a la Cámara de Diputados. Por consiguiente, frente al permanente asedio que está sufriendo el Senado de la Nación desde hace tiempo, con tantas difamaciones, mentiras y descalificaciones, creo que en nuestro haber se debe anotar que estamos tratando esta iniciativa en tiempo oportuno y no sobre tablas como pretendían algunos, girando la iniciativa a todas las comisiones que tienen competencia sobre este tema y no a una sola, dando el tratamiento que la cuestión merece y actuando con la responsabilidad que nos compete como Cámara revisora, que no pasa por decir «amén» a todo lo que venga de la Cámara de Diputados, sino revisando la sanción y dándole aprobación, si no merece objeciones, o introduciéndole modificaciones cuando lo creamos necesario. Entonces, esta sesión es para mí una gran satisfacción y, además, una reivindicación, porque consideraba que debíamos tratar este tema en el día de hoy.
En cuanto al análisis de esta cuestión, hay una palabra clave o, como dicen algunos, la «clave de bóveda»: la palabra «privilegio». Si nos ponemos de acuerdo en lo que significa el término «privilegio», vamos a poder avanzar o discrepar razonablemente sobre lo que estamos tratando. Acá se ha dicho que se derogan regímenes de privilegio. Ahora bien, ¿realmente se derogan regímenes de privilegio o estamos hablando de regímenes especiales, como se ha dicho por ahí y como seguramente van a sostener durante este debate algunos de mis colegas?
Aquí han metido en una misma bolsa a los jueces, a los diplomáticos, a los políticos y a los obispos. Hasta a Dios lo han metido en la misma bolsa… (Risas.) Bueno, a los obispos, que son los representantes de Dios en la Tierra. En rigor de verdad, el tema de los obispos no tiene nada que ver con los regímenes jubilatorios. Ellos no tienen contraprestaciones ni han hecho aportes. Esto no tiene nada que ver con la materia; pero los han incluido; total, quedaba bien. Como en la Mesa del Diálogo se dijo que había que derogar las jubilaciones de privilegio, creo que se han quedado con poco margen para oponerse a esta derogación. Pero, en verdad, me parece que no corresponde incluir en esto a los obispos, ya que no tiene nada que ver.
Realmente, habría que analizar el significado de la palabra «privilegio».
Varias personas me consultaron sobre esta cuestión. Seguramente mañana, el periodista de turno va a decir que el senador Menem le había dicho que iba a votar en contra de las jubilaciones de privilegio y, sin embargo, ha votado de otra forma. Reitero: voy a votar por la derogación de las jubilaciones de privilegio, lo cual no quiere decir que tenga que compartir el criterio de que todas las que ellos consideren son de privilegio.
Aquí es donde parte un poco la divisoria de las aguas. ¿Qué son las jubilaciones de privilegio?
Recuerdo una anécdota del año 1976, cuando yo defendía al que después fuera presidente de la Nación, preso del régimen militar y que circulaba por distintos lugares de detención. De pronto, me entero de que a los señores senadores y diputados que habían asumido en el año 1973, cuyos mandatos habían durado hasta el golpe de marzo de 1976 les habían otorgado una jubilación con dos años y medio de trabajo y algunos no tenían otros antecedentes. Sin embargo, les dieron una jubilación. Eso me sorprendía. Eso sí era una jubilación de privilegio.
Pero cuando se trata de regímenes especiales, donde hay aportes, exigencias de años de servicios, en fin, todo lo demás, creo que tenemos que analizar muy bien si esos son regímenes especiales o jubilaciones de privilegio.
La palabra «privilegio» viene del latín privilegium y significa «exención de una obligación o ventaja exclusiva o especial que goza alguien por concesión de un superior o por determinada circunstancia propia». Después, el diccionario da distintas acepciones, como privilegio convencional, de introducción, de invención, del canon, del fuero, favorable, gracioso, odioso, que es el que perjudica a un tercero, personal, que se concede a una persona y que no pasa a los sucesores.
Considero que si nos ajustamos a ello, y no significa que me ajuste literalmente al significado de la lengua española, sino a lo que se entiende por privilegio, adelanto mi postura en el sentido de que, en los casos de las jubilaciones del personal del Servicio Exterior de la Nación, que es el tema que involucra a la Comisión que presido, y también en el caso de los magistrados del Poder Judicial no tienen jubilaciones de privilegio, sino que son regímenes especiales, instaurados por razones especiales y en condiciones especiales.
Por eso, en el dictamen he puesto la disidencia respecto de la derogación de estos dos regímenes, como también en cuanto a la incompatibilidad que se establece en el artículo 7 acerca de que los jubilados no pueden trabajar en la actividad privada. Esto, desde mi punto de vista, es abiertamente inconstitucional y viola normas expresas de la Constitución en cuanto al derecho a trabajar.
Establecido este punto, quiero hacer una referencia en particular al tema de la jubilación del personal del Servicio Exterior de la Nación. Empecemos diciendo que las funciones del personal del Servicio Exterior de la Nación están establecidas por la ley 20.957. Para nosotros, los justicialistas, tiene una significación porque ha sido una de las últimas leyes que el general Perón mandó al Congreso antes de fallecer. Es una ley de marzo de 1974.
El artículo 1° de la 20.957 dice que el Servicio Exterior de la Nación es la organización fundamental del Estado nacional para el desarrollo de sus relaciones en la comunidad internacional. Es el instrumento de ejecución de la política exterior nacional, preservando, defendiendo y resguardando la soberanía, dignidad e interés de la República en el ámbito continental y mundial. Es decir, no es una tarea cualquiera la que cumple el Servicio Exterior de la Nación. Tiene, ni más ni menos, la tarea de representar a la soberanía de la Nación en el ámbito internacional, con las características que acabo de decir.
La ley 20.957, que ha venido soportando hidalgamente muchos ataques que le han hecho para reformarla, prevé en su artículo 104 el estudio de un régimen previsional para el personal del Servicio Exterior de la Nación que contemple las particularidades y naturaleza de las funciones que preste. También sería interesante leer, no lo voy a hacer ahora por razones de brevedad, el mensaje del general Perón que acompañó el proyecto de la ley 20.957, porque de su texto surge el criterio del Poder Ejecutivo de ese entonces respecto de la naturaleza especial del Servicio Exterior de la Nación en cuanto a sus funciones y régimen al que debe someterse. Realmente, el Servicio Exterior de la Nación tiene características muy especiales que hacen que en su aspecto previsional se le haya dado un carácter especial, que no es lo mismo que de privilegio. Es especial, pero no de privilegio.
Los jefes de Estado de los países iberoamericanos que se reunieron en la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado realizada en Madrid dijeron que respaldaban los proyectos de formación y perfeccionamiento de los recursos humanos para la diplomacia en los países iberoamericanos, en especial, aquellos que lleven adelante programas orientados a la profesionalidad del Servicio Exterior, condición indispensable para mejorar la capacidad de gestión diplomática de los países de la comunidad iberoamericana.
O sea, este tema de las particularidades del Servicio Exterior no es sólo de la Argentina. Además, países cercanos a los nuestros, como Brasil, Perú y Bolivia, y otros que son nombrados como ejemplo de la diplomacia, como los Estados Unidos y Canadá, tienen normas especiales y un sistema previsional especial para sus servicios diplomáticos.
¿Por qué es especial? Porque se trata de un cuerpo profesional que se forma cumpliendo ciertos requisitos que no son comunes a un empleado del Estado. No son comunes, sino especiales. En primer término, entrar por concurso público en el Instituto del Servicio Exterior de la Nación. Además, necesitan poseer título universitario afín a la carrera diplomática, con un plan de estudio no menor a cuatro años. También necesitan conocer dos idiomas y tienen que hacer un curso obligatorio de dos años en el ISEN, que es bastante exigente, a punto tal de que con un solo aplazo quedan afuera.
Le voy a agradecer a la señora senadora por Santa Cruz que sea respetuosa, porque es amiga de murmurar y de hacer comentarios que interrumpen. Para ella será “pobre gente” la del Servicio Exterior. Yo les tengo un gran respeto.
Entonces, le pido que me respete. Yo la respeto en el uso de la palabra y si me quiere pedir una interrupción, se la voy a conceder con mucho gusto.
No es un problema de importancia, sino de buena educación. Es de buena educación que, cuando uno habla, el otro escuche o se vaya. O que hable despacio, pero que no interrumpa. Si estoy escuchando desde acá, está hablando fuerte. Y está haciendo alusiones indebidas a lo que estoy diciendo.
Decía que tiene que ser aprobado, por dos años, en un régimen que no es fácil. Es bastante duro. Muchos quedan afuera.
El régimen de ascensos está pautado por la ley y con exigencias académicas para ascender a determinadas categorías. Ni qué decir del tema de los traslados, los distintos destinos donde son enviados a prestar servicios. Los que estamos en relación con la gente del Servicio Exterior sabemos lo que significa. Por supuesto que el que entra en la carrera tiene vocación. Es como el militar, que entra en la carrera porque tiene vocación y sabe que tiene que ir de un destino a otro. Pero créame, señor presidente, que no son fáciles ciertos destinos en algunos países, que no voy a nombrar por consideración, pero que son muy difíciles, inclusive, para la familia, para los hijos y sus estudios.
Lo que quiero decir, señor presidente, es que cuando alguien decide iniciar esa carrera, evalúa todas las ventajas y las desventajas, hace un plan de vida. Sé que me tengo que ir al África o al Asia, que mis hijos no van a poder estudiar acá o los tendré que mandar, que me voy a separar, que me voy a desarraigar. Sé que voy a tener que hacer un aporte mayor de mi sueldo para la jubilación, pero voy a tener un régimen de jubilación especial. O sea, mi sacrificio está compensado por el beneficio que voy a tener cuando me jubile.
Esto incluye, también, la disponibilidad del diplomático luego de terminada su carrera, ya que puede ser convocado en cualquier momento y tiene la obligación, como carga pública, de asumir nuevamente e ir al destino que le determinen.
No hay ningún tipo de tratamiento desigual, señor presidente. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el principio de igualdad no impide que el legislador contemple en forma distinta situaciones diferentes que se le presenten a su consideración. De esta manera, puede crear categorías, grupos o clasificaciones razonables entre supuestos que considere distintos, siempre que esas discriminaciones no sean arbitrarias ni respondan a un propósito de hostilidad contra personas o grupos, o signifiquen indebido favor o privilegio personal o sectorial. Igualmente, sostiene la Corte que no es violatoria de la igualdad, por su razonabilidad, la existencia de regímenes jubilatorios distintos, según la naturaleza de la actividad del beneficiario, las diferentes condiciones laborales, de acuerdo con las características y lugar de trabajo, la variación de gravámenes en distintas épocas de su aplicación, etcétera.
En ese contexto, podemos afirmar que la ley 22.731 no estableció ninguna jubilación de privilegio. Basta con considerar que la edad para jubilarse es de 65 años, con no menos de 35 años de servicios y aportes. O sea, ¿dónde está el privilegio? Además, han estado aportando durante el período de su carrera sumas muy superiores al resto y proporcionales a lo establecido por la ley especial que los rigió durante un largo período.
Entonces digo, señor presidente: los que ingresaron en el Servicio Exterior de la Nación han hecho una evaluación de todo lo que era su carrera; de todo lo que significaba esto; incluso, de que para ascender tenían que someterse al acuerdo que debemos dar nosotros pasada cierta categoría. Hace cuatro años que no les damos el acuerdo para que asciendan; hace cuatro años, señor presidente. Los ascensos a los militares los hemos resuelto todos los años. El personal del servicio diplomático hace cuatro años que no asciende. Los últimos que ascendieron lo hicieron en 1998 y recién, creo que hace muy pocos días, han cobrado la diferencia de categoría; o sea, casi a los cinco años de haber ascendido. Y no sé qué va a pasar con los pliegos que actualmente tenemos en consideración en la Comisión de Acuerdos.
Entonces, a los que han hecho ese plan de vida no se les pueden cambiar de la noche a la mañana las reglas de juego. De eso se trata: del cambio de las reglas de juego. ¿Por qué se los hizo aportar más, si después se los va a someter al cambio de régimen? ¿Por qué se les dijo «ustedes se van a jubilar a los tantos años, de tal forma y con tal porcentaje» y, de pronto, les decimos «no, porque es un privilegio»? Yo me pregunto dónde está el privilegio.
Señor presidente: respecto de la jubilación del cuerpo diplomático que, contrariamente a los que sostienen que no tiene nada que ver con mi Comisión, digo que la pretensión de derogar el régimen vigente constituye una actitud injusta, es inconstitucional y va a generar todos los juicios que son de imaginar y los que no son de imaginar. Estamos cansados de que todos los días haya juicios en contra del Estado y lo estamos no sólo por el pago de lo que se reclama, sino por los honorarios de los abogados, las expensas, las costas, etcétera.
Recuerdo que cuando asumió el gobierno peronista en 1989 había más de l00.000 juicios en contra del Estado, la mayoría de los cuales era de naturaleza previsional. ¿Sabe cuánto tuvo que pagar el gobierno en ese entonces por las deudas de los jubilados? Más de 13.000.000.000 de dólares. Todavía quedaron deudas. Ahora nos vamos a meter en otro lío porque a alguien se le ocurrió que es un régimen de privilegio y que va en contra de la solidaridad. Este no es un problema de solidaridad: es un problema de respetar el orden jurídico y de respetar los derechos adquiridos.
En el día de hoy, quienes han podido leer uno de los matutinos principales, habrán visto algo que algunos califican como una perlita. Aparece en «Carta de los lectores»; ¿quién es el que escribe? El propulsor de la derogación de las jubilaciones de privilegio, que es tenido por adalid de la lucha contra la corrupción y los privilegios. Esta persona le envía una carta al director, la cual es digna de tener en cuenta. Dice: «Señor Director: jubilemos correctamente los privilegios. 400.000 personas pasaron de la protesta a la propuesta y firmaron la iniciativa popular contra las jubilaciones de privilegio liderada por Poder Ciudadano, la que contó con el activísimo apoyo de Luis Majul. El esfuerzo de muchos va a dar frutos. La Cámara de Diputados ya sancionó un proyecto y la Cámara de Senadores se apresta a convertirlo en ley. El solo hecho de ocupar un cargo político no va a permitir en el futuro obtener una jubilación a personas jóvenes o que no han hecho los aportes correspondientes.
Sin embargo, se requiere aclarar la situación de otro tipo de jubilaciones, las especiales, que pagan un aporte mayor y tienen una situación diferente [palabras de la persona que fue el propulsor de toda esta campaña contra las jubilaciones de privilegio]. En Diputados sin una discusión clara se preservó el régimen de los maestros, policías, mineros y los científicos y se derogó el de los jueces y diplomáticos. Y la carta termina con la «frutilla del postre». «Hace falta que el Senado discuta con claridad el problema y dé una solución justa que evite a posteriori más juicios y problemas». Esto es lo que dice el principal propulsor de la derogación de las jubilaciones denominadas de privilegio. Nos está pidiendo a nosotros que demos una solución justa que evite, a posteriori, más juicios y problemas. Y se refiere al tema de los diplomáticos y de los jueces.
La carta fue firmada por Luis Moreno Ocampo y se publicó en el diario «La Nación» del día de la fecha, página 16. Creo que otro colega se va a referir al tema de las jubilaciones de los jueces.
Con los jueces se da una situación similar a la de los diplomáticos, ya que ellos también gozan de un régimen especial. Hacen aportes mayores, poseen una carrera, sufren limitaciones y no pueden ejercer otra actividad mientras son magistrados. Por eso tienen un régimen especial. Reitero que no es de privilegio. Porque los jueces tampoco se jubilan así nomás. Les exigen haber cumplido sesenta años de edad, treinta años de servicio, quince continuos o veinte discontinuos en el Poder Judicial, y cumplir con aportes superiores a los exigidos en el régimen general de jubilaciones, ya que el porcentual es mayor y la base imponible no tiene tope.
Incluso, tienen toda una serie de aspectos constitucionales en sus remuneraciones, como la intangibilidad de sus sueldos. Respecto de esto, quiero hacer una aclaración, porque alguien dijo que yo era contrario a que paguen el impuesto a las ganancias. Eso es una mentira. He firmado el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales en el que se disponía la obligatoriedad del pago del impuesto a las ganancias, ya que eso no afecta la intangibilidad de sus sueldos. Una cosa es la intangibilidad de los sueldos en cuanto el impuesto a las ganancias y otra muy distinta es que hayan aportado, hayan hecho carrera, no hayan podido ejercer ninguna otra actividad y que después se les diga que si bien han hecho aportes superiores y demás, se les modificará el régimen.
Por eso, creo que esta disposición, además de ser injusta, es inconstitucional, al igual que la relativa a los diplomáticos. Por dicha razón, he objetado el artículo 1° en mi dictamen en disidencia.
La otra discrepancia que tengo se refiere al artículo 7º, en cuanto prohíbe a todo jubilado trabajar en la actividad privada. Esto es inconstitucional y lo que va a provocar, simplemente, es que quienes lo hagan, trabajen en negro.
Algunos opinan que, en estos casos, se debería suspender la percepción de los haberes de aquellos jubilados que tuvieren otro cargo. Hago notar que estamos hablando de la actividad privada y no de la que se puede desarrollar a favor del Estado, ya que en este caso, todos estamos de acuerdo con que no se puede tener una jubilación y trabajar al mismo tiempo. Pero que no se permita a un jubilado ejercer la actividad privada y se lo condene prácticamente a la inanición; me parece que además de ser inconstitucional, no responde a la lógica ni al sentido común. Por eso, también voy a votar en el tratamiento en particular en contra de esta disposición.
En definitiva, en esencia, se trata de un problema de seguridad jurídica. Hoy, en nuestro país, estamos viviendo una verdadera catástrofe como consecuencia de la inseguridad jurídica. Se han violado todas las reglas y todas las normas de la actividad económica y jurídica sobre cuya base las personas han hecho sus planes de vida. Se ha estafado al ahorrista y se han cambiado las reglas de juego de los deudores, de los propietarios y de los acreedores. A quienes tenían sus depósitos en dólares, se los han convertido a pesos. Todo esto es como haber tirado una bomba neutrónica en el campo de las relaciones. Por eso no somos creíbles.
¿Quién va a invertir en un país en el que se cambian las reglas de juego de la noche a la mañana y dónde nada es creíble, ni siquiera la fecha de las elecciones?
La seguridad jurídica es esencial; hace a la esencia del estado de derecho. No habrá estado de derecho si no existe seguridad jurídica. Esta tiene un componente político, que es la previsibilidad, y un componente moral, que es la ética pública. No habrá república ni estado de derecho si no respetamos la seguridad jurídica.
En ese sentido, la sanción de la Cámara de Diputados está afectando la seguridad jurídica y está vulnerando derechos adquiridos. La seguridad jurídica consiste en saber a qué atenerse. Implica dejar de lado el runrún de que algo va a cambiar.
Esto lo ha dicho, graciosamente, Ortega y Gasset, quien contaba que una vez, un gitano se fue a confesar y el cura le preguntó si sabía los Diez Mandamientos. Entonces, aquél respondió: «Padre, estaba por aprenderlos, pero escuché el runrún de que los están por cambiar.»
Entonces, no estudió los Diez Mandamientos. Esto es el runrún de que nada es estable, de que todo puede cambiar, de que los derechos adquiridos no sirven para nada y esto no significa ponerse al margen de la solidaridad. Está bien poner un tope a las jubilaciones por un tiempo prudencial, porque ello hace a la solidaridad, dado que estamos en una emergencia. Pero cambiar las reglas de juego de un sistema previsional en el cual alguien ha entrado y se ha sometido durante toda su vida, me parece que es injusto, ilegítimo e inconstitucional. Por eso, voy a votar en general a favor este proyecto y en particular, voy a votar en contra de la derogación de los regímenes previsionales de diplomáticos y de jueces y en contra de la incompatibilidad que se establece entre la condición de jubilado y el ejercicio de una actividad privada.

RETORNAR