COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS

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7 y 8 de enero de 1988 – 26ª Reunión
Diario de Sesiones – Tomo 4 – Páginas 2392 a 2394

Sr. Menem. — Señor presidente: voy a ser muy breve en mi exposición por cuanto los colegas que me han precedido en el uso de la palabra, especialmente los miembros informantes, se han explayado minuciosamente respecto de la pautas que se han tenido en cuenta para la confección y formulación de esta ansiada ley de coparticipación federal de impuestos, tan esperada por las provincias y tan postergada en su tratamiento.
No voy, entonces, a repetir esos conceptos ni tampoco a encuadrarlos en lo que hace a los aspectos técnicos. Sí quiero decir que con esta ley se logra, indudablemente, un viejo anhelo de las provincias en lo que hace a determinar orgánicamente la coparticipación federal que les corresponde por la recaudación impositiva: en eso, desde luego, este proyecto de ley es positivo. Pero también quiero señalar, como representante de la provincia de La Rioja, que no estamos de acuerdo con respecto a la distribución secundaria que se realiza en esta iniciativa.
Debemos dejar establecido que el índice que se le asigna a la provincia de La Rioja por medio de este proyecto de ley es inferior al que entendemos tiene derecho, razón por la cual lo dejamos expresamente aclarado, aunque no deseamos obstaculizar su sanción porque entendemos necesario que hoy así resulte para dotar a la Nación de un instrumento que sea idóneo y permita manejar un tema que ha venido siendo tratado discrecionalmente y, en algunos casos, hasta con cierta arbitrariedad.
Pero al mismo tiempo no puedo dejar de señalar la situación de inferioridad en que se está colocando a mi provincia, situación que no es nueva ya que en el mencionado acuerdo transitorio que se había logrado entre la Nación y las provincias en 1986 se puso a La Rioja en un plano de inferioridad. Fue así cuando, al reconocerse esa realidad de mi provincia, se decidió compensarle las diferencias con aportes del Tesoro nacional que le permitían cubrir, si bien no totalmente, todos los gastos, y así por lo menos paliar en algo el déficit al cual se la había sometido en razón de ese tratamiento fiscal, pues se le había fijado un índice que era inferior al que históricamente le correspondía.
Así llegamos, señor presidente, a la sanción de esta ley que nosotros habíamos esperado larga y ansiosamente porque en ocasión de celebrarse aquel acuerdo financiero, que para mí provincia no había sido favorable, se nos prometió que la cuestión iba a ser solucionada en ocasión de sancionarse una ley definitiva de coparticipación federal. Hoy estamos ante esa oportunidad, pero resulta que, lejos de solucionarse esta situación, se ve agravada toda vez que prácticamente se institucionaliza ese trato desigual y desfavorable que sufre mi provincia como consecuencia del establecimiento de un índice que no es de manera alguna justo ni sirve para atender a sus necesidades más elementales.
Como dato ilustrativo, y para reflejar que esto se ajusta a la realidad, puedo señalar que, por ejemplo, de acuerdo con lo establecido por la ley 20.221, La Rioja tenía asignado un índice que era sólo inferior en un 0,20 por ciento al de la provincia de Catamarca.
La provincia de Catamarca en ese acuerdo de 1973, tenía el 1.9272 por ciento y La Rioja, el 1,7233, o sea, como dije, un índice inferior sólo en 0.20 por ciento. De acuerdo con lo establecido en la norma que estamos considerando, esa diferencia sería de 0.60 por ciento: 2,86 por ciento para Catamarca y 2,15 por ciento para La Rioja. Y esto no es precisamente porque se haya mejorado la situación de la provincia de Catamarca; por el contrario, estimo que no queda para nada en una situación óptima. Pero lo cierto es que aún mucho peor queda mi provincia si se hace una relación comparativa con la que tenía respecto de Catamarca.
Vale la pena señalar que estoy mencionando casos de provincias que tienen situaciones similares a las de La Rioja en lo que hace a su desarrollo y condiciones de vida.
Tomemos el caso de San Luis, que es otra provincia integrante del Acta de Reparación Histórica. La diferencia de 1973 era más estrecha aún, por cuanto los porcentajes respectivos eran 1,75 y 1,72, habiéndose estirado en 0,12 por ciento, o sea de 2.37 para San Luis a 2,15 para La Rioja.
Con Formosa las diferencias son mayores, ya que se pasa del 0,56 por ciento al 1.63 por ciento.
Por supuesto, estos ejemplos podrían multiplicarse, pero bastan para reflejar que aun respecto de provincias que no recibieron precisamente un trato favorecido, como seguramente lo señalarán los colegas representantes de las mismas, La Rioja ha sufrido un empeoramiento de su situación. Esto, por supuesto, no puedo callarlo, y debo dejarlo perfectamente sentado en este momento y a todos los efectos en el tratamiento que puedan tener otras normas así como el manejo de otros recursos con respecto a las provincias.
Señor presidente: se trata de un proyecto de ley de tanta trascendencia, tanto para las provincias como para la Nación, en lo que hace a la distribución de recursos, que en estos momentos dejo formalmente notificado al cuerpo, a todos los efectos, que la provincia de La Rioja, con este índice asignado del 2,15 por ciento, queda condenada a no poder atender sus necesidades más elementales, esto es, a un permanente déficit financiero y a un estado de emergencia. Quiero dejar perfectamente establecido esto en este recinto para que el día de mañana no se nos diga que no hicimos los reclamos correspondientes en el momento oportuno.
Desde luego, éste es un aspecto parcial de la cuestión relativa a la distribución de los recursos. Digo esto porque al momento de establecerse la justicia de la distribución de los recursos nacionales y provinciales no sólo debemos tener en cuenta el hecho de la distribución de los fondos, ya que ésta se hace también a otros niveles y respecto de los distintos parámetros.
¡Qué decir, por ejemplo, señor presidente, con respecto al tema de lo que invierten las empresas del Estado en las distintas jurisdicciones!
Cuando se trata de distribución de recursos, como en este caso la ley de coparticipación federal, se tienen muy en cuenta los porcentajes. Se habla de la cantidad de población, a este respecto quiero decir que los índices que se han tomado en cuenta tradicionalmente, no son de ninguna manera justos.
Por ejemplo, según mi criterio, se le asigna un valor excesivo al elemento poblacional y no se valora debidamente a otros, tal el caso de la brecha de desarrollo. En la brecha de desarrollo, que es otro parámetro, habría que calibrar mejor algunos elementos que se tienen en cuenta, por ejemplo, el de calidad de vivienda. Se considera la calidad de vivienda en las distintas provincias, pero no se tiene en cuenta que, por ejemplo, en algunas provincias como San Juan, La Rioja, Catamarca y San Luis, que están en zonas sísmicas, la calidad de la vivienda necesariamente se tiene que hacer con un nivel de construcción superior, no por razones de lujo sino de seguridad porque así lo obligan las normas de construcción en esas zonas.
Lo mismo ocurre en cuanto a la cantidad de automóviles por habitante. Se lo mide así, a secas, sin tener en cuenta los mayores o menores servicios de transporte que existen en las distintas jurisdicciones y que pueden hacer menos imperiosa la necesidad de disponer de automóvil.
Por otra parte, hay otras pautas que no se tienen en cuenta y vuelvo al tema de lo que invierten las empresas públicas en las distintas jurisdicciones. Si tenemos que tener en cuenta las obras públicas que se realizan en las distintas jurisdicciones, puedo decir que en mi provincia la Nación nunca ha encarado obras públicas de gran magnitud. Podemos citar los grandes diques, los pasos cordilleranos o las grandes autopistas que se han hecho en otras provincias, pero en La Rioja nunca se han realizado obras de esta magnitud, no obstante que en el esfuerzo para hacer esas obras públicas colaboramos todos los habitantes del país.
Tampoco es justo lo que está ocurriendo con el gasto de las empresas del Estado en las distintas jurisdicciones. Sin ir más lejos, podemos citar el caso de la empresa Ferrocarriles Argentinos, que opera con un déficit de aproximadamente unos mil millones de dólares anuales, déficit con el que colaboran todos los argentinos, pero resulta que en mi provincia hace más de diez años que no existe un servicio regular de trenes.
En el momento de hacer las contribuciones, colaboramos todos, pues tenemos que solventar ese déficit y se pone de manifiesto otro aspecto más de esta injusta distribución de recursos y de cargas que se hace entre las distintas jurisdicciones del país, cuando en mi provincia va un tren carguero, con suerte, una vez por semana. No obstante, el déficit lo tenemos que solventar todos los argentinos.
Recuerdo también lo que ocurre con otras empresas del Estado. Por ejemplo, cuando nos referimos a la provisión de energía eléctrica, por lo menos hasta hace un tiempo al efectuar el pago se nos imponía un recargo para contribuir a la obra El Chocón-Cerros Colorados, lo que me parece bien porque es una obra necesaria para el país. Pero resulta que de esa obra no se benefició ni nunca se beneficiará mi provincia; sin embargo, nosotros pagábamos de nuestro bolsillo la contribución para esa importante obra.
A la hora de contribuir se nos tiene en cuenta; a la hora de repartir no se nos considera. Y ello con este agravante: mi provincia, por razones de su desfavorable condición geográfica, no tiene cursos de agua superficiales ni grandes diques y no posee el agua suficiente para hacer regadío de superficie. Con gran esfuerzo tenemos que sacar el agua del subsuelo para poder cultivar nuestra tierra, y esa energía que nosotros necesitamos, no para iluminación sino para hacer producir el suelo, para que nuestros agricultores puedan trabajar, la estamos pagando al mismo precio que abona el ciudadano que vive en un centro importante y que la usa para su confort. Vale lo mismo la energía en la provincia de La Rioja para hacer producir la tierra que la que usa un ciudadano de la Capital Federal para su acondicionador de aire, con la finalidad de un mayor confort.
Esta es otra de las injusticias que también debe ser tenida en cuenta en el momento de establecer contribuciones y de repartir los recursos de este país, que en definitiva salen todos del mismo bolsillo y deberían tener un tratamiento similar.
Por todas estas razones, señor presidente, valoramos la importancia que tiene este proyecto de ley de coparticipación federal de impuestos, pero con una salvedad: vamos a votar este proyecto porque entendemos que es necesario para el país, a fin de ordenar el reparto de recursos y terminar con la anarquía que existía hasta este momento en el manejo de la distribución de los recursos, pero asimismo debemos formular las siguientes reservas: no satisface en absoluto los merecimientos, los derechos y las expectativas de mi provincia. Por ello dejo sentado que este voto lo voy a emitir con la condición y la esperanza que leyes futuras tengan en cuenta esta desigualdad a los efectos de equilibrar la situación en el momento de repartir otro tipo de recursos. De no ser así, esta gran brecha de desarrollo qué existe entre las distintas provincias se va a ir acrecentando con el correr del tiempo.

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