Planteo sobre el giro de un proyecto de ley sobre jubilaciones a la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto

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4 de septiembre de 2002
22ª Reunión – 13ª Sesión ordinaria

Sr. Menem. — Señor Presidente: No voy a entrar en la suspicacia de dudar si la Presidencia ha girado el proyecto a varias comisiones para dilatar el trámite, porque al comienzo de las sesiones la hemos facultado precisamente para que haga los giros correspondientes.
Por lo tanto, bajo ningún punto de vista me voy a hacer cargo de imputar a la Presidencia el hecho de que no quiera que se deroguen las jubilaciones de privilegio. Sé cómo se maneja ese sitial, por haber estado en esas funciones, y sé que el giro a las comisiones se hace con conciencia y estimando las competencias que ellas tienen para tratar el tema.
Muchos temas importantes se han tratado en este Senado girándolos a varias comisiones, conforme lo autoriza el Reglamento. Simplemente, se llama a un plenario de comisiones y se reúnen. Hay muchos senadores que forman parte de varias comisiones, lo cual facilita el quórum. Ahora bien, hace a la responsabilidad de cada uno concurrir a esos plenarios. Así que no creo que el hecho de que se gire a dos comisiones más o dos menos tenga mucho que ver con el trámite. Se fija una reunión para tal día, el presidente de la comisión cabecera cita a las comisiones para ese día, se reúnen y consideran el tema. No creo que sea para dramatizar ni para pontificar lo que reclama la sociedad, en el sentido de que se derogue o no. Cada uno va a fijar su posición.
Por lo tanto, reitero, no voy a entrar en esa suspicacia. De todos modos, sí quiero agregar algo con relación a lo que acá se ha dicho en el sentido de que la Comisión que menos tiene que ver es la de Relaciones Exteriores y Culto. Este es un muy grave error, que autoriza a presumir que no se ha leído el proyecto.
Fíjense que esta norma empieza derogando tres leyes. Me refiero a la 22.731, la 24.018 y la 21.540. ¡Qué casualidad, que la ley 22.731 es la que se refiere al régimen de jubilaciones y pensiones de los funcionarios del servicio exterior de la Nación! Ni más ni menos. Otra de las leyes mencionadas se refiere a las jubilaciones de los obispos y arzobispos de las fuerzas armadas y de los vicariatos castrenses. Ambos temas forman parte de la competencia indiscutible de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto de este cuerpo.
Este no es un tema cualquiera. Por ejemplo, la ley referida a las jubilaciones de los integrantes del Servicio Exterior de la Nación tiene que ver con la edad del retiro de los diplomáticos y con algo que hemos conversado muchas veces en dicha Comisión, como es la forma de reorganizar dicho Servicio, en función de la pirámide invertida que se ha producido. Justamente, están por llegar a este cuerpo los pliegos de ascensos que remite la Cancillería.
Entonces, ¿tiene que ver con este tema la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto de este Senado o no? Invito a leer el Reglamento. Este señala cuáles son los asuntos que son de competencia de dicha Comisión.
Aclaro que no formulo este planteo porque quiero participar del debate, ya que igualmente lo haré, puesto que integro otras comisiones a las cuales fue girada la iniciativa, sino que lo hago porque como presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto tengo el derecho y la obligación de defender su competencia, dado que de las tres leyes que se derogan a través de la norma en consideración, casualmente, dos de ellas tienen que ver con la competencia de la comisión que presido.
Por los motivos expuestos, pido que este proyecto sea girado y no deje de ser tratado con la participación la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto, que tengo el honor de presidir.
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Sr. Menem. — Señor presidente: simplemente quiero aclarar algunas manifestaciones que aquí se han vertido.
Creo que efectivamente hemos perdido más de una hora en virtud de una sobreactuación y porque se han querido decir cosas que quedan bien ante la opinión pública.
Sin embargo, pregunto a la señora senadora por Santa Cruz si se ha tomado el trabajo de leer el Reglamento. Ella dijo que nada de lo que trata la Comisión de Relaciones Exteriores tiene que ver con lo que estamos considerando. Sin embargo, cuando el artículo 63 habla del cuerpo diplomático y consular, ¿a qué se está refiriendo? ¿Quiénes integran el cuerpo diplomático? ¿El coro estable del Teatro Colón, el coro de niños cantores de Mendoza o los diplomáticos del servicio exterior de la Nación, a quienes afecta este proyecto de ley?
Creo que pretender demostrar lo indemostrable constituye una pérdida de tiempo. Además, la Comisión que presido se denomina de Relaciones Exteriores y Culto. ¿Quiénes llevan a cabo el culto? ¿Los senadores y los diputados o los obispos, los arzobispos y los vicarios de las fuerzas castrenses? Es evidente que este asunto lo debe tratar la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto.
Este proyecto deroga las leyes de jubilaciones del servicio exterior de la Nación y de los obispos. Entonces, si hay una Comisión que tiene incumbencia en la materia, es la de Relaciones Exteriores y Culto.
No me puse a discutir sobre la competencia de la Comisión de Asuntos Constitucionales o no. Si realmente analizamos la cuestión desde ese punto de vista, se puede decir que todas las comisiones tienen la obligación de respetar la vigencia de los derechos constitucionales. Entonces, no tendría necesidad de intervenir dicha comisión, porque todos tenemos que someternos a lo que la Constitución manda. Es decir, si fuera por eso, todos los temas tendrían que pasar por la Comisión de Asuntos Constitucionales. Por eso, esta discusión es innecesaria, por más que se quiera excluir a alguna comisión.
Ya el señor senador presidente de la Comisión cabecera ha dado la solución al respecto. ¿Para qué dar más vueltas sobre el asunto? Supongo que él mismo va a convocar a un plenario de todas las comisiones. De tal modo que vamos a tratar la cuestión y debemos dejar de sobreactuar y de hacer declaraciones para quedar bien con la opinión pública.

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